La calidad en el turismo

Turistes

Corría el año 1970. Las entusiastas cajeras del supermercado de La Móra se dirigían, en alemán, a los clientes del establecimiento y los ayudaban amablemente a contar el dinero del cambio: «Vierundzwanzig, fünfundzwanzig…». Ellas no tenían estudios de Turismo ni habían pisado nunca una escuela de idiomas, pero eran vivarachas, y sabían tratar a los forasteros con cortesía y deferencia. Sus patrones, el charcutero Fàbregues y su esposa, les daban ejemplo. Dedicaban a la tienda largas jornadas de trabajo, y la mantenían surtida de las especialidades que los turistas alemanes deseaban encontrar: diferentes tipos de Wurst, pan moreno de todas las variedades, conservas de pepinos y de repollo, mortadela italiana, mantequilla de importación… El caso es que aquellos «delicatessen» no sólo gustaban a los inquilinos del camping cercano sino también a los tarraconenses, deliciosos como estábamos de probar exquisiteces y de dejar de lado el aburrido queso de bola. En aquel tiempo el Turismo fue, para Tarragona, una oportunidad de prosperidad económica y de apertura cultural.

También es cierto que algunos de los visitantes, deslumbrados por el sol del Mediterráneo, o agobiados por la sangría traidora, o excesivamente confiados en un entorno que no conocían lo suficiente, caían a veces en trampas inmobiliarias y pagaban precios excesivos por servicios mediocres.

Han pasado muchos años. El fenómeno del turismo se ha globalizado y, por otro lado, la atención correcta a los forasteros ya no es sólo una cuestión de profesionalidad o buena voluntad: la garantía de la calidad y el buen nivel de prestación de los servicios turísticos se ha convertido en un elemento estratégico para garantizar nuestra competitividad.

El artículo 3 de la Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Catalunya, atribuye al sector público la obligación de proteger los derechos de los usuarios turísticos, de promover la calidad y la competitividad de este tipo de servicios y de velar para que se presten en condiciones de libre concurrencia. Con el objetivo de modernizar el sector turístico, la Ley prevé que se dispongan incentivos para conseguir distintivos de calidad. En el seno de la Europa comunitaria, la consideración 102 de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, apoya los procesos y distintivos de reconocimiento de la calidad en los servicios turísticos.

En este contexto, el pasado 8 de enero de 2013 entró en vigor la Orden EMO/418/2012, que configura el sistema catalán de calidad turística. Es un instrumento técnico que se pone a disposición de los actores económicos de los servicios turísticos ofrecidos en Catalunya, y también de sus usuarios. Identifica la calidad del servicio turístico y lo homologa o estandariza en el ámbito europeo, para reforzar Catalunya como destino turístico de referencia mundial. Con esta herramienta, de libre adhesión, que trabaja sobre los ejes de la categoría, la especialidad y la excelencia, la Conselleria d’Economia i Empresa pretende que nuestra industria turística trabaje la calidad, sea competitiva y se homologue a los criterios y parámetros del contexto internacional.

Hoy, la calidad de los servicios turísticos ya no es sólo cuestión de la buena predisposición de los empresarios responsables, dignos sucesores de los Fàbregues de La Móra, si no que es un valor jurídico objeto de la protección del sector público. Por lo tanto, una vez obtenido de la Generalitat el reconocimiento de la categoría, especialidad o distintivo de excelencia, el titular del establecimiento turístico lo podrá utilizar como le convenga y podrá incluir, en la publicidad de su empresa, la imagen gráfica que lo identifica.

Isabel Baixeras Delcòs, abogada

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